Seguros de impago de alquiler
El seguro de impago de alquiler es una póliza diseñada para proteger al propietario de una vivienda o local en alquiler frente a la falta de pago por parte del inquilino.
Además, suele incluir coberturas complementarias como defensa jurídica, daños al inmueble o asistencia legal.
¿Qué cubre un seguro de impago de alquiler?
Las coberturas más habituales incluyen:
Impago del alquiler
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La aseguradora abona al propietario las mensualidades que el inquilino deje de pagar.
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Límites comunes: desde 6 hasta 18 meses de renta.
Defensa jurídica
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Asesoramiento legal y tramitación del desahucio.
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Reclamación judicial de las rentas impagadas.
Daños al inmueble
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Deterioro o vandalismo causado por el inquilino, no considerado desgaste normal.
Cerrajería y desokupación (en algunos casos)
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Asistencia en casos de ocupación ilegal o conflictos al recuperar la vivienda.
Requisitos para contratarlo
Las aseguradoras suelen exigir:
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Que el inquilino pase un estudio de solvencia.
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Acreditar ingresos estables (contrato indefinido, pensión, autónomo solvente).
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Que la renta no supere un % de sus ingresos (normalmente 40%).
El seguro puede contratarlo directamente el propietario, o el inquilino si se pacta así.
¿Cuánto cuesta?
Depende de:
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El importe del alquiler.
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El número de meses cubiertos por impago.
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Coberturas adicionales.
Precio orientativo:
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Entre 3% y 5% del alquiler anual.
Ejemplo: alquiler de 800 €/mes → prima anual de 250–450 €.
Ventajas
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Seguridad económica para el propietario.
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Facilita el desahucio legal sin costes adicionales.
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Sustituye o complementa el uso de fianza.
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Aumenta la confianza en el arrendamiento a desconocidos.
Consideraciones
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No cubre impagos anteriores a la contratación.
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El propietario debe notificar el impago en el plazo indicado (normalmente antes de 30 días).
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El estudio de solvencia del inquilino es obligatorio para que la póliza sea válida.
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Puede no cubrir daños por desgaste habitual ni retrasos puntuales menores.
Ejemplo práctico
Una propietaria alquila su piso por 950 €/mes. Contrata un seguro de impago con cobertura de 12 meses. A los 3 meses, el inquilino deja de pagar. Tras el aviso a la aseguradora, esta comienza a abonar las mensualidades impagadas y cubre los gastos legales del proceso de desahucio.
¿Para quién es recomendable?
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Propietarios particulares con 1 o varios inmuebles en alquiler.
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Agencias inmobiliarias que gestionan arrendamientos.
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Propietarios que quieren evitar el riesgo de morosidad sin dejar de alquilar.